Exención en el IRPF de 1.500,00 € para trabajadores, por las cantidades recibidas por el uso del transporte público

Declara el R.D. 6/2010 exentas de gravamen en el IRPF, hasta el límite de 1.500,00 € anuales por trabajador, las cantidades que el empresario satisfaga a las empresas que se encarguen de prestar el servicio público de transportes que desplace a sus asalariados desde su lugar de residencia hasta su centro de trabajo.

Otras guías de interés:

  • Confederación de Empresarios de Andalucía

    Centro de Servicios Empresariales de Andalucía
    C/ Arquímedes, 2 Isla de la Cartuja,
    41092, Sevilla

  • Federación Andaluza de Autónomos

    Federación Andaluza de Autónomos
    CEAT-Andalucía
    C/ Arquímedes, 2. Isla de la Cartuja,
    41092, Sevilla

  • Servicio Andaluz de Empleo

    Servicio Andaluz de Empleo
    Consejería de Empleo
    Junta de Andalucía

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