Invertir en Iberoamérica

GUÍA DE AYUDAS A LA INVERSIÓN EN IBEROAMÉRICA

    PROINVERSIÓN, en representación del Estado peruano, está capacitado para suscribir convenios, cuyo carácter es de contrato-ley y sujeto a lo establecido en el Código Civil peruano, con inversores extranjeros que garanticen la estabilidad jurídica a los inversores y a las empresas en las que éstos invierten. 

    La vigencia legal general de estos convenios es de 10 años, pudiendo ser modificados siempre que haya acuerdo entre las partes.

    Cuando se trate de una concesión, el plazo de vigencia del convenio de coincidirá con el plazo de vigencia de la concesión

  • Garantías que el Estado peruano reconoce a los inversores extranjeros en virtud de este convenio de estabilidad jurídica
    • Tratamiento de igualdad a los inversores nacionales y extranjeros.
    • Estabilidad del régimen del Impuesto a la Renta vigente en la fecha de suscripción del convenio.
    • Estabilidad del régimen de libre disponibilidad de divisas y de remesa de beneficios, dividendos y regalías en el caso de capitales extranjeros.
  • Garantías que el Estado peruano reconoce a la empresa receptora de la inversión
    • Estabilidad de los regímenes de contratación laboral vigentes en la fecha de suscripción del convenio.
    • Estabilidad de los regímenes de promoción de exportaciones vigentes en la fecha de firma del convenio.
    • Estabilidad del régimen del Impuesto a la Renta.
  • ¿Quién puede suscribir estos contratos?
    • Inversores y empresas receptoras de inversión,  tanto nuevas empresas como la ampliación de capital social de empresas ya establecidas.
    • Inversores participantes en procesos de privatización.
    • Empresas involucradas en  procesos de privatización.
  • Compromisos que debe asumir el inversor
    • Realizar, en el plazo de 2 años, aportes de capital por un valor no inferior a 5m millones de dólares USA en cualquier sector de la economía, con excepción de los sectores de la minería e hidrocarburos.
    • Realizar, en el plazo de 2 años, aportes de capital por un valor no inferior a 10 millones de dólares USA en los sectores minería e hidrocarburos.
    • Adquirir más del 50% de las acciones de una empresa en proceso de privatización.
    • Efectuar aportes de capital a la empresa beneficiaria de un contrato de concesión.
  • Compromisos que debe la empresa receptora de inversión
    • Que uno de sus accionistas haya suscrito el correspondiente convenio de estabilidad jurídica.
    • En caso de solicitar estabilidad tributaria, que los aportes a recibir representen un incremento del 50% respecto del valor total de capital y reservas y se destinen a incrementar la capacidad productiva o al desarrollo tecnológico de la empresa.
    • Que se trate de la transferencia de más del 50% de las acciones de la empresa, cuando se trate de proceso de privatización.
    • Que se trate de una sociedad beneficiaria de un contrato de concesión.