jueves, 17 mayo 2012
     
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Servicio de Asesoramiento y Desarrollo Profesional
 
Acuerdo marco entre la Asociación Española para la Calidad y la Confederación de Empresarios de Andalucía
 
 
Objeto  

El objeto del mismo es promocionar, fomentar y difundir técnicas para la gestión de la calidad y mejora de las empresas, especialmente en las PYMEs, bien directamente o a través de alguna de nuestras organizaciones. Esta voluntad se materializa en la creación de la AEC - Andalucía, dependiente de la Dirección General de la AEC – España.

Por lo que la Confederación de Empresarios de Andalucía considera que conviene a sus intereses, incorporar al conjunto de sus actividades, como actividad complementaria, la gestión de la calidad y sus técnicas para mejorar el nivel de competitividad de las PYMEs andaluzas.

Como primera acción específica de este Acuerdo, se va a desarrollar un programa formativo en materia de calidad medioambiental, consistente en tres cursos que te acompaño.

El convenio será suscrito por:

  • D. Santiago Herrero León. Secretario General de CEA.
  • D. Salvador Olivas. Director Gral. de la AEC.
Invitados:
  • D. José Antonio Moreno Delgado. Presidente de la Comisión de Calidad, Innovación y Nuevas Tecnologías de CEA
  • Miembros de la Comisión de Calidad, Innovación y Nuevas Tecnologías de CEA.

Cláusulas  
 
primera
 
La CEA pone a disposición de AEC Andalucía
  • Las relaciones estables y fluidas mantenidas con entidades y organismos de la Administración, universidades, colectivos profesionales, asociaciones empresariales y empresas, que otorgan a la CEA una presencia de primer orden en el ámbito empresarial y profesional de la calidad y una importante capacidad de convocatoria.
  • El conocimiento próximo de la realidad de la PYME andaluza en cuando a necesidades, carencias y oportunidades de mejora de su ámbito.
  • La experiencia en el desarrollo de actividades coincidentes con las desarrolladas por la AEC (formación, organización de jornadas, encuentros, seminarios publicaciones,…)
  • Las infraestructuras, medios técnicos, instalaciones y equipos, entre los que dispone de locales de reunión, líneas de teléfono, fax, correo electrónico, etc., necesarios para el desarrollo de los Programas de actividades conjuntas que se acuerden.
 
segunda
 
La AEC establecerá condiciones preferenciales para los miembros de la CEA en la participación y acceso a los servicios que ésta preste y actividades que desarrolle.
 
tercera
 
La AEC aportará sus publicaciones para uso, difusión y venta de las mismas, de acuerdo con las normas que para ello se convengan y que se incorporarán con carácter de depósito en AEC Andalucía. Por su parte la CEA hará aportación de sus publicaciones para conseguir los fines que se pretendan.
 
cuarta
 
En los documentos elaborados para la ejecución de la Programación conjunta, aparecerá además de su logo el de la CEA.
 
quinta
 
AEC Andalucía deberá asumir las responsabilidades y funciones que se determinen en el desarrollo de programas conjuntos de fomento de la calidad en las siguientes áreas de actuación:
  • Formación en materia de calidad a todos los niveles.
  • Organización de jornadas, encuentros, seminarios y congresos.
  • Uso, difusión, distribución y venta de publicaciones,, documentación, etc..
  • Captación de socios para la AEC.
  • Servicios de información a los asociados de la AEC.
  • Servicios diversos en el ámbito de la Calidad y su gestión a los asociados de la AEC.
 
sexta
 
Se crea una Comisión Mixta de Seguimiento formada por dos representantes de cada una de las dos partes firmantes de este Acuerdo, como órgano encargado de potenciar, controlar y evaluar la ejecución de los Programas conjuntos derivados del presente Acuerdo.

Esta Comisión se reunirá al menos una vez al trimestre o a solicitud de una de las partes.

 
séptima
 
Los miembros tanto colectivos como individuales de la AEC en la Comunidad Autónoma de Andalucía, dentro del marco de este Acuerdo, y en las condiciones que se establezcan en los Programas conjuntos, que del mismo se deriven, podrán:
  • Reunirse en los locales de la CEA para asuntos relacionados con la calidad, de acuerdo con lo que se disponga.
  • Asistir a cuantos congresos, jornadas y encuentros que organice la CEA, en el ámbito empresarial y profesional de la Calidad.
 
octava
 
La financiación de la AEC Andalucía vendrá determinada por los siguientes tipos de ingresos:
  • Aportaciones de los presupuestos generales de la AEC para aquellas actividades que se acuerden.
  • Aquellos derivados del propio desarrollo de sus actividades.
  • Los procedentes de las subvenciones que se pudieran recibir de las administraciones Autonómicas, Nacional o Europea.
  • De las cuotas de los nuevos asociados que se incorporen como consecuencia de las actividades de captación.
 
novena
 
Este Acuerdo tendrá una duración de tres años a partir del día de su firma, que se prorrogará de forma automática si cualquiera de las partes no manifiesta lo contrario. No obstante, este Acuerdo se entenderá extinguido cuando una de las partes exprese, por escrito, su renuncia, que será firme un mes después.

Y en testimonio de conformidad con todo lo expresado en el presente Acuerdo, lo firman en duplicado ejemplar y a un solo efecto, en Sevilla y en la fecha antes señalada.

Firmado  
 
por la ASOCIACIÓN ESPAÑOLA PARA LA CALIDAD por la CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE ANDALUCÍA
Salvador Olivas García Santiago Herrero León
 
 
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