Y, de otra parte, D. Miguel Blesa de la Parra , como Presidente y en representación de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid.
El ámbito del presente Convenio se extenderá a todas las empresas medianas y pequeñas en sus distintas actividades: industriales, comerciales, agrícolas y ganaderas o de servicios que tengan su sede social o los centros de trabajo de su actividad en la Comunidad Autónoma Andaluza. Siendo el objeto del presente Convenio establecer las bases de colaboración entre CAJA MADRID y LA CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE ANDALUCÍA (CEA), en cuanto a las condiciones de financiación que pueda ofrecer CAJA MADRID a los beneficiarios para los productos y servicios financieros y/o parafinancieros incluidos en el Anexo I, del presente documento.
CAJA MADRID a través de su red comercial en todo el ámbito Nacional pondrá a disposición de los beneficiarios que acrediten tal condición, los servicios de solicitud, instrumentación y operativa de los mencionados productos, cuyas condiciones serán aplicadas por todas las Oficinas de CAJA MADRID, pudiendo elegir los beneficiarios, entre todas ellas, las que se estimen más convenientes para la prestación de sus servicios.
Serán beneficiarios pudiendo acceder como BENEFICIARIOS a las Líneas establecidas en este Convenio todas las Empresas asociadas a la Confederación de Empresarios de Andalucía, bien directamente o a través de sus organizaciones miembros.
Para que las empresas, afiliados o asociados de LA CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE ANDALUCÍA puedan beneficiarse de las condiciones preferentes en los productos y servicios financieros y parafinancieros recogidos en el Anexo I, será requisito indispensable el que acrediten tal condición.
LA CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE ANDALUCÍA (CEA) promoverá la máxima difusión del presente Convenio entre los beneficiarios, haciendo referencia al mismo tanto por escrito dirigido a los mismos como en sus propios folletos informativos.
Asimismo, las partes firmantes del presente Convenio podrán dar publicidad del mismo a su cargo, informando previamente a la otra parte, divulgándolo por los medios de comunicación que se estimen más convenientes.
TRAMITACIÓN: Las solicitudes de préstamos acogidos a este Convenio deben presentarse, en cualquiera de las oficinas de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid.
La documentación a presentar para el estudio de las solicitudes contendrá al menos:
Solicitud en modelo establecido por la Entidad , fotocopias del CIF (para personas jurídicas) y del DNI y NIF (para personas físicas).
Relación de los bienes del solicitante y, en su caso, de los avalistas solidarios, en la que conste los datos de la inscripción registral de los inmuebles.
Si se trata de sociedades o personas jurídicas, sus balances y cuentas de pérdidas y ganancias de los dos últimos dos años.
Breve memoria y presupuesto de las inversiones.
Certificado de la Secretaría General de CEA, expresivo de que el solicitante forma parte de la citada Confederación. Sólo necesario para acceder a oferta del Anexo I. No necesario en Anexo II.
Calle Arquímedes Isla de la Cartuja 41092 Sevilla
III.- SEGUROS
IV.- SERVICIOS FINANCIEROS
I.- LA HIPOTECA
II.- PRÉSTAMOS DE CONSUMO
III.- PRODUCTOS DE AHORRO
IV.- SEGUROS
Las operaciones que se puedan presentar acogidas a la presente oferta, quedan en todo caso CONDICIONADAS a la ratificación de los Órganos de Decisión correspondiente de CAJA MADRID. Estudiándose los casos particulares de forma individualizada. Las condiciones están basadas en las tarifas vigentes y podrán modificarse en base a la evolución del mercado o a los criterios de caja Madrid.