Completa |
- Subvención de 650.000 Ptas por cada contrato.
- Bonificaciones en las cuotas empresariales de la
Seguridad Social:
- 70% por cada trabajador minusválido menor de 45 años.
- 90% por cada trabajador minusválido mayor de 45 años.
- Subvención de hasta 150.000 Ptas para
adaptación de puestos de trabajo.
- Readmisión por la empresa de sus propios
trabajadores minusválidos una vez terminado el proceso de recuperación:
- Reducción de hasta 25% del salario, (en caso de que no exista
ningún puesto adecuado a su capacidad).
- Bonificación del 50% de la cuota empresarial por
contingencias comunes durante dos años.
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Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos.
Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo, de medidas de
fomento de empleo de minusválidos.
Real Decreto-Ley 8/97 y Real decreto-Ley 9/97,
sobre fomento de la contratación indefinida.
Real Decreto 4/1999, de 8 de enero, por el que se
modifica el artículo 7 del Real Decreto 1451/1983, de 11 de mayo. |
Parcial |
Se mantendrán las mismas bonificaciones del apartado anterior, si bien la subvención de
650.000 ptas se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada. |
Real Decreto 4/1999, de 8 de enero, por el que se modifica el artículo 7 del Real Decreto
1451/1983, de 11 de mayo. |