Beneficiarios |
Jornada |
Ayudas |
Normativa |
Transformación
de Contratos temporales o de duración determinada, cualquiera que sea su modalidad
contractual, vigentes el 17 de mayo de 1997, realizada durante el período comprendido
entre el 17/5/97 y el 16/5/99.
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Completa |
- Bonificación del 50% de las cuotas
empresariales a la S.S. por contingencias comunes durante 24 meses siguientes a su
transformación y del 20% por un período adicional de 12 meses.
- La Bonificación anterior asciende al 60%
en caso de que la transformación afecte a mujeres que presten servicios en actividades
u oficios en los que se hallen subrepresentadas o cuyos contratos se transformen en
indefinidos para prestar servicios en dichas actividades u oficios, y del 20% por
un período adicional de 12 meses.
- *(2).
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Ley
63/1997 y 64/1997 sobre Fomento de la Contratación Indefinida e Incentivos en materia de
Seguridad Social y de carácter fiscal para el fomento de la contratación indefinida y la
estabilidad en el empleo.
Disp. Adic. Cuadragésima tercera de la Ley 50/1998
de 30 de diciembre de Medidas Fiscales Administraciones y del Orden Social, y Real Decreto
Ley 5/1999.
Orden de 16 de septiembre de 1998, para el fomento
estable de mujeres en las profesiones y ocupaciones con menor índice de empleo femenino.
(BOE 29/9/98, nº233). |
Contratos
temporales o de duración determinada a tiempo completo realizados con posterioridad al
17/5/97, vigentes el 1/1/99, y que se transformen durante 1999 en indefinidos a tiempo
completo, así como los contratos temporales a tiempo parcial que se transformen en
indefinidos a tiempo parcial, incluidos los contratos de fijos discontinuos. |
Completa
Parcial |
- Bonificación del 25% de las cuotas
empresariales a la S.S. por contingencias comunes durante los 24 meses siguientes a dicha
transformación.
- Las Bonificaciones aplicables a las contrataciones
a tiempo parcial serán proporcionales al tiempo efectivo de trabajo, aplicándose a las
bases la cotización correspondiente.
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Disp.
Adic. Cuadragésima tercera de la Ley 50/1998 de 30 de diciembre de Medidas Fiscales
Administraciones y del Orden Social.
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Contratos
aprendizaje, prácticas, para la formación, de relevo y de sustitución por anticipación
de la edad de jubilación cualquiera que sea su fecha de celebración y que se transformen
antes del 17/5/99. |
Completa |
- Bonificación del 50% de las cuotas
empresariales a la S.S. por contingencias comunes durante 24 meses siguientes a su
transformación.
- La Bonificación anterior asciende
al 60% en caso de que la transformación afecte a mujeres que presten servicios
en actividades u oficios en los que se hallen subrepresentadas o cuyos contratos se
transformen en indefinidos para prestar servicios en dichas actividades u oficios.
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Ley
63/1997 y 64/1997 sobre Fomento de la Contratación Indefinida e Incentivos en materia de
Seguridad Social y de carácter fiscal para el fomento de la contratación indefinida y la
estabilidad en el empleo.
Orden de 16 de septiembre de 1998, para el fomento
estable de mujeres en las profesiones y ocupaciones con menor índice de empleo femenino.
(BOE 29/9/98, nº233). |
Contratos
de aprendizaje , prácticas, para la formación, de relevo y de sustitución por
anticipación de la edad de jubilación, cualquiera que sea la fecha de celebración, que
se transformen en indefinidos a partir del 18/5/99, cualquiera que sea su fecha de
celebración. |
Completa
Parcial |
-
Bonificación del 25 % de las cuotas empresariales a la S.S por Contingencias
Comunes durante los 24 meses siguientes a su transformación.
- Las bonificaciones aplicables a las contrataciones
a tiempo parcial serán proporcionales al tiempo efectivo de trabajo, aplicándose a las
bases de cotización correspondientes. |
Disp.
Adic. Cuadragésima tercera de la Ley 50/1998 de 30 de diciembre de Medidas Fiscales
Administrativas y del Orden Social. |
Contratos
temporales y de duración determinada que afecten a trabajadores mayores de 45 años y que
se transformen en indefinidos entre el 17/5/97 y el 17/5/99. |
Completa |
- Bonificación del 60% de
las cuotas empresariales a la S.S. por Contingencias Comunes durante los 24 meses
siguientes a la transformación, y del 50% el resto de la vigencia del contrato. |
Ley
63/1997 y 64/1997 sobre Fomento de la Contratación Indefinida e Incentivos en materia de
Seguridad Social y de carácter fiscal para el fomento de la contratación indefinida y la
estabilidad en el empleo. |
Contratos
temporales y de duración determinada, a tiempo completo o parcial, que afecten a
trabajadores mayores de 45 años, y que se transformen en indefinidos a partir del
18/5/99, vigentes el 1/1/99. |
Completa
Parcial/Fijos discontinuos |
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Bonificación del 25% de la cuota empresarial a la S.S. por Contingencias Comunes
durante la vigencia del contrato transformado.
Las Bonificaciones aplicables a las contrataciones a
tiempo parcial serán proporcionales al tiempo efectivo de trabajo, aplicándose a las
bases de cotización correspondientes. La jornada del nuevo contrato indefinido será como
mínimo igual a la del contrato temporal que se transforma. |
Disp. Adic. Cuadragésima tercera de la Ley 50/1998 de 30 de diciembre de
Medidas Fiscales Administrativas y del Orden Social. |