El Gobierno aprueba que las personas jubiladas trabajen como autónomos y perciban parte de su pensión

El Consejo de Ministros ha dado luz verde a un real decreto que introduce cambios significativos en el sistema de jubilación español, permitiendo que las personas jubiladas puedan trabajar como autónomos mientras siguen cobrando una parte de su pensión. Esta reforma amplía la modalidad de jubilación flexible a la actividad por cuenta propia, una opción que hasta ahora estaba limitada exclusivamente a los trabajos por cuenta ajena a tiempo parcial.

La medida, impulsada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y que se aplicará a finales de agosto de 2026, tres meses después de su aprobación oficial de mayo, busca fomentar la permanencia del «talento sénior» en el mercado laboral de forma voluntaria. Según ha destacado la ministra Elma Saiz, la edad media de jubilación ya se ha retrasado hasta los 65,5 años, y este nuevo marco legal pretende ofrecer opciones más atractivas y adaptadas a los tiempos modernos para aquellos que deseen prolongar su vida activa.

Para poder acogerse a esta nueva compatibilidad, el decreto establece un requisito clave: los interesados no deben haber estado dados de alta como autónomos en los tres años anteriores a la fecha de su jubilación. En cuanto a la cuantía económica, aquellos que se den de alta en el régimen de autónomos podrán percibir hasta el 25% de su pensión mientras continúen con su actividad profesional.

Además del ingreso mensual, trabajar tras la jubilación ofrecerá beneficios a largo plazo. Cuando el trabajador decida retirarse de forma definitiva, la cuantía de su prestación será recalculada integrando el nuevo periodo cotizado, lo que permitirá mejorar la pensión inicial. Durante este tiempo, el trabajador mantendrá plenamente su condición de pensionista a efectos de asistencia sanitaria y protección social.

Esta regulación entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE y será aplicable a casi todos los regímenes de la Seguridad Social, con excepción de los funcionarios civiles, fuerzas armadas y personal de la Administración de Justicia.