fbpx
Login / Registro
Noticias-PRL

Nota informativa de la CNSST sobre las obligaciones y criterios generales de PRL a seguir por las empresas promotoras y contratistas que realizan obras menores.

_x000D_ Se detalla a continuación el contenido de la nota informativa enviada por la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST) de manera que la Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral cumple con la solicitud por parte de la CNSST de darle difusión:

_x000D_

_x000D_ El informe Análisis de la Siniestralidad y sus Causas en Obras Menores aprobado en el pleno de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST), ha constatado que existe una elevada siniestralidad asociada a la falta de cumplimiento por parte de las empresas implicadas sobre sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales y a la inadecuada gestión de la seguridad y salud en este tipo de obras.

_x000D_

_x000D_ Estas circunstancias y el hecho de que este tipo de obras, a pesar de su pequeña cuantía, corta duración y ausencia de proyecto, impliquen, en numerosas ocasiones,
_x000D_ trabajos de alta peligrosidad se traduce en cifras de siniestralidad preocupantes, destacando los accidentes de trabajo por caída en altura con resultado de lesión grave o mortal.

_x000D_

_x000D_ En el marco de los principios de la acción preventiva señalados en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y teniendo en cuenta las obligaciones legales de promotores y contratistas recogidas, principalmente, en el Real Decreto 1627/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción, la Ley 32/2006 reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción, y en el V Convenio General del Sector de la Construcción, mediante esta nota se recuerdan las principales actuaciones que deben llevar a cabo las empresas promotoras y contratistas, también en las obras menores, para garantizar las seguridad y salud de los trabajadores.

_x000D_

_x000D_ Promotor:
_x000D_ – Recabar y transmitir al contratista información sobre los riesgos, las medidas preventivas de la obra (especialmente en relación al emplazamiento y concurrencia de empresas y trabajadores autónomos) y las medidas de emergencia que se deben aplicar.
_x000D_ – Designar a los técnicos competentes para dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la
_x000D_ obra. La designación del Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución es
_x000D_ preceptiva siempre que intervenga en la obra más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos.
_x000D_ – Llevar a cabo una labor de coordinación y supervisión de las condiciones de seguridad y salud en la obra según lo dispuesto en la legislación aplicable.

_x000D_

_x000D_ Consulta las obligaciones del contratista en el boletín de febrero de Actualidad Preventiva Andaluza en www.juntadeandalucia.es
_x000D_  

_x000D_

Sobre el autor

Otras Publicaciones