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Incapacidad temporal: ¿Puedo viajar estando de baja laboral?.

Sevilla 20 de abril de 2023. Fuente: tododisca.com

La prestación por incapacidad temporal, es un subsidio económico diario. Su objeto es cubrir la pérdida adquisitiva del trabajador cuando está de baja por algún tipo de dolencia. Las causas que llevan a una persona a esta situación, pueden ser variadas. Por ejemplo: una enfermedad común o accidente no laboral, enfermedad profesional o accidente de trabajo y los periodos de observación por enfermedad profesional.

Por una parte, tienen derecho a acogerse a esta prestación los trabajadores incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social. Pero también, todos aquellos trabajadores del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) incluidos en el sistema especial de trabajadores agrarios que hayan optado por incluir esta prestación.

No obstante, existen una serie de requisitos que deben cumplir todas aquellas personas que aspiren a esta prestación por incapacidad temporal. En primer lugar, aquellos trabajadores cuya causa sea una enfermedad común, deberán estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta y tener cubierto un período de cotización de 180 días en los 5 años anteriores.

En cuanto a las personas que se benefician de una incapacidad temporal tras haber sufrido un accidente, sea o no laboral, no se exigen cotizaciones previas. Esto quiere decir, que si la causa que le ha llevado a la baja y en consecuencia, a solicitar la incapacidad temporal, es una dolencia relacionada con el trabajo, no deben cumplir el requisito anterior.

Incapacidad temporal de un trabajador.

La incapacidad temporal es una dolencia que sufre un trabajador en un momento puntual y que tiene pronóstico de recuperación para volver al puesto de trabajo habitual. Ese periodo de tiempo que el trabajador necesita para volver a su empleo, se le llama baja laboral.

Cabe señalar, que una baja médica y por tanto, una incapacidad temporal, puede ser consecuencia de diversos motivos. De este modo, pueden causar una baja una enfermedad común, un accidente laboral o no laboral, un embarazo, etc. Dependiendo del tipo de baja, se establecerá un plazo incluso de revisión diferente.

Viajar estando de baja laboral.

Cuando un trabajador se encuentra de baja laboral, el objetivo es que ponga todos los medios posibles para recuperarse. Entonces, ¿Se puede viajar estando de baja? El artículo 175 de la Ley General de la Seguridad Social establece que «el subsidio por incapacidad temporal podrá ser denegado, anulado o suspendido cuando el beneficiario haya actuado fraudulentamente, trabaje por cuenta propia o ajena o cuando, sin causa razonable, el beneficiario rechace o abandone el tratamiento que le fuere indicado».

Volviendo a la pregunta, esto quiere decir que la persona con la incapacidad temporal, sí puede viajar. La ley no dice lo contrario. Sin embargo, esto tiene matices. Pues podrá hacerlo siempre que este viaje no resulte perjudicial para la recuperación del trabajador de baja. No obstante, es importante consultar con un profesional para luego no tener problemas.

La importancia de consultar con un profesional, radica en que si el trabajador de baja decide viajar, tanto el INSS como la mutua de la empresa le pueden pedir explicaciones. Con esto nos referimos, a que aunque la ley no prohíbe expresamente viajar, el afectado debe justificar que este hecho no le perjudicará en su recuperación.

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