Empresario individual - Trabajador por cuenta propia

Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos

En qué consiste: Se trata de que la Tesorería General de la Seguridad Social reconozca a la persona que inicia una actividad de su condición de comprendida en el campo de aplicación del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Qué organismo tramita: Tesorería General de la Seguridad Social - Administración General del Estado - Direcciones Provinciales y Administraciones de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Documentación requerida: Modelo oficial TA.0521 de solicitud de alta.

Legislación de referencia:

  • Decreto 2530/1970 de 20 de agosto, por el que se regula el Régimen especial de trabajadores por cuenta propia o Autónomos.
  • Orden de 24 de septiembre de 1970 por la que se dictan normas para la aplicación y desarrollo del Régimen Especial de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
  • Real Decreto Legislativo 1/994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
  • Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos en la Seguridad Social.
  • Ley 30/1992 de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento administrativo común.

Más información:



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