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Ningún directivo de las mutuas de accidentes podrá cobrar más que el ministro de Empleo.

_x000D_ Ningún directivo de las mutuas de accidentes y contingencias profesionales podrá cobrar, entre retribuciones básicas y complementarias, más de lo que gana el titular del Ministerio de Empleo en función de lo que se establece cada año en los Presupuestos Generales del Estado (actualmente algo menos de 69.000 euros brutos al año).

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_x000D_ Así ha quedado fijado en el proyecto de ley de Mutuas, que este miércoles ha aprobado la Comisión de Empleo del Congreso con los votos del PP y la abstención de UPyD y CiU, tras incorporar cuatro enmiendas 'populares', dos de la formación magenta y nueve transaccionales que afectan a 18 propuestas de CiU, PNV, UPN y UPyD.

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_x000D_ Según la enmienda, recogida por Europa Press, el personal que ejerce funciones ejecutivas no podrá cobrar "en ningún caso" unas retribuciones totales que "puedan superar el importe de las asignadas al titular del Ministerio de Empleo y Seguridad Social de acuerdo con los Presupuestos Generales del Estado de cada año".

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_x000D_ Leer más: Economía/Laboral.- Ningún directivo de las mutuas de accidentes podrá cobrar más que el ministro de Empleo – elEconomista.es http://www.eleconomista.es/economia/noticias/6180675/10/14/Economia-Laboral-Ningun-directivo-de-las-mutuas-de-accidentes-podra-cobrar-mas-que-el-ministro-de-Empleo.html#Kku8M6wIVqlwYnGZ

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